Aviso importante sobre la manera de comunicarse con las Administraciones Públicas

Lunes, 21 de Noviembre de 2016

Con fecha 3 de octubre de 2016 ha entrado en vigor la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. El artículo 14 de dicha Ley obliga, a partir de esa fecha, a todas las personas jurídicas, a todas las Entidades sin personalidad jurídica (Comunidades de Bienes), a todas las personas físicas que ejerzan actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria y a quienes les representen ante la Administración.

Como veréis ya ejerzáis la profesión a través de una sociedad, comunidad de bienes o como persona física estáis obligados a relacionaros con las Administraciones Publicas por medios electrónicos.

Desde la Secretaria de nuestro Colegio, y también por nuestros asesores se os seguirá prestando ayuda y asesoría para la implementación en vuestros laboratorios y en vuestra actividad cotidiana de los nuevos sistemas de comunicación electrónica con las Administraciones Públicas.

Así, por ejemplo, en materia de licencias sanitarias el Colegio os preparaba, sin coste adicional alguno, los expedientes para su solicitud los cuales recogíais en la sede colegial y los presentabais en las Oficinas correspondientes de la Administración. Ahora y tras la reforma legal apuntada, ya no hay papel que presentar pues sois vosotros mismos los que a través de vuestros sistemas informáticos vais a remitir a la administración los documentos digitalizados con una firma electrónica que garantice vuestra identidad frente a la Administración. Por tanto a partir de ahora el Colegio en vez de montaros un expediente en papel os remitirá los documentos digitalizados a vuestros correos electrónicos para que vosotros los presentéis ante la Administración electrónicamente. También se os ayudara y asesorara en la manera de realizar cada documento o tramite.

 Para empezar a implementar en vuestra actividad el sistema de comunicación electrónica con las Administraciones Públicas el primer paso que se debe dar, para el que aún no lo haya realizado es:

1º SOLICITUD DE CERTIFICADO DIGITAL

 Los pasos a seguir para realizar la solicitud de certificado digital:

Abrir un navegador de Internet Explorer o Firefox.  Poner en el buscador (Google, Bing, o cualquier otros)  “CERES” y verás aparece un enlace que pone CERES-FNMT; pinchas en él y te lleva a la página.

Pinchar en CERTIFICADOS

Aparecerán varios tipos de certificados

- Certificado de Persona Física. (Sin coste)

- Certificado de Representante y dentro de este hay 3 tipos:

   - Representante para Administradores Únicos y Solidarios (S.A., S.L.) (24 euros)

   - Representante de Persona Jurídica (14 euros)

   - Representante de Entidad sin Personalidad Jurídica (Comunidades de Bienes) (sin coste)

Pinchar en el que se adapte a las circunstancias de cada uno.

Se abre otra pantalla y se deberá pinchar en OBTENER CERTIFICADO SOFTWARE.

Se vuelve a abrir otra y hay que pinchar en SOLICITUD VÍA INTERNET DE SU CERTIFICADO. Se rellenan los datos y se envía la petición. A continuación se recibirá en la dirección de correo electrónico que se haya puesto un CÓDIGO DE SOLICITUD DE CERTIFICADO.

A continuación se tiene que pedir cita en la Delegación de Hacienda que le interese a través del enlace

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/CitaPrevia.shtml y se acudirá a la cita para acreditar la identidad del solicitante y la de la empresa que representas, en su caso. En la página anterior que hemos señalado CERES se indica la documentación se debe aportar. Posteriormente y una vez acreditada ya la personalidad enviarán desde Hacienda al correo electrónico que hayas reseñado un código para proceder a la descarga del certificado.

Cuando se reciba el correo electrónico indicado te aparecerá un enlace que pondrá “Descarga tu certificado” pinchando ahí y con Código de Solicitud que te remitirán en dicho correo y con el NIF de la persona o entidad que haya hecho la solicitud se instalará el certificado digital en el ordenador.

Es imprescindible que la solicitud del certificado y la descarga del mismo se hagan desde el mismo ordenador.

2º UNA VEZ INSTALADO EL CERTIFICADO DIGITAL EN VUESTRO ORDENADOR EL SEGUNDO PASO ES DARTE DE ALTA EN EL SERVICIO "NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS" EN EL SIGUIENTE ENLACE:

NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS

A través de este servicio  recibirás todas las comunicaciones que te tengan que realizar desde la Administración en los procedimientos que tengas abiertos en ella.

(Nota: El certificado digital se puede conseguir también ante otras entidades pero los pasos indicados los hemos realizado en base a CERES por ser el método que hemos testado en el Colegio. No obstante cualquier colegiado podrá optar por la entidad de certificación que estime oportuna)